¿Las mociones en los plenos se aprueban para complirlas?





EN el año 2013, en el Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz), el grupo municipal Ciudadanos Por la Isla llevó al Consistorio una moción en la que se exigía al equipo de Gobierno local que se ejecutaran el sinfín de mociones aprobadas en los plenos municipales y que no salían adelante. En la iniciativa, plantearon la necesidad de que se realizara un listado sobre el nivel de ejecución de cada una de ellas y que se actualizara de forma periódica en la página web municipal para que los isleños tuvieron conocimiento preciso del camino recorrido por cada moción y si al final se convertían o no en realidad. La moción, curiosamente, salió adelante con el respaldo de todos los grupos municipales, incluido el equipo de gobierno. Ni que decir tiene que la mayoría de los mociones no se ejecutaron y que en la web nunca se llegaron a poner.

¿Realmente, las mociones que se aprueban en los plenos se ejecutan? Evidentemente no, al menos en su totalidad. Son cientos los ayuntamientos donde los grupos políticos se lamentan del escaso cumplimiento de las mociones cuando salen adelante por iniciativa de la oposición. Y el Consistorio de la capital malagueña empieza a ser un claro ejemplo de ello, lo que ha abierto un agrio debate entre el Gobierno de Francisco de la Torre y los cuatro grupos de la oposición: PSOE, Ciudadanos, Málaga para la Gente y Málaga ahora, que han llegado incluso a pedir una especie de mesa de seguimiento de las mociones para exigir el estado de ejecución de cada una de ellas. Como en el caso de San Fernando, la creación de esta mesa contó con el apoyo del PP. Ni que decir tiene que ni se ha creado ni tiene visos de que se cree de inmediato.

He hablado con varios secretarios de ayuntamientos de la provincia de Málaga y sin entrar en muchos matices, un consistorio tiene tres figuras competentes para decidir: el pleno, la Junta de Gobierno y el alcalde, según la Ley de Bases de Régimen Local y el Texto Refundido. Con la Ley de Grandes Ciudades, que es el caso de la capital malagueña, se potencia la figura ejecutiva de la Junta de Gobierno, que es donde se concentra el mayor poder del ayuntamiento. ¿Tiene un equipo de gobierno que cumplir las mociones de un pleno? Sí, cuando los acuerdos sean válidos y eficaces y desde el mismo momento en que se adoptan. Con un matiz esencial, siempre que ese acuerdo sea competencia del pleno. Si lo aprobado es competencia del alcalde o de la Junta de Gobierno, no será más que un posicionamiento político que no hay que ejecutar ya que no es competencia del Pleno, por lo que ni tiene verdadera naturaleza jurídica ni ejecutiva.

¿Qué pasa si una moción implica un gasto? Que debe tener cobertura presupuestaria. Para realizar una propuesta de gasto se tiene que incluir de dónde se obtiene la partida, si, a través, de unos ingresos extraordinarios o se detraen de otra inversión. En todo caso, se trata de una petición al Gobierno de turno, pero que carece de carácter vinculante, salvo que figura en los presupuestos, cuya aprobación si es competencia del pleno municipal. ¿Cuándo se podrían pedir responsabilidad al Gobierno por no acometer una moción aprobada en pleno? Solo en el caso de que se dictará una resolución contraria a una moción aprobada en pleno y cuya competencia es del propio pleno. En definitiva, la Ley de Grandes Ciudades, lo que estableció fue una estructura para los consistorios de mayor población muy similar al Gobierno Central, donde el pleno son las Cortes; la Junta de Gobierno el Consejo de Ministros y el alcalde, el Presidente de la nación. Y decidió que el poder de decisión sobre los asuntos más importantes de un consistorio residía en la Junta de Gobierno, restando bastantes competencias al pleno municipal.



El asunto tiene su enjundia, ya que se trata de discernir si un gobierno local puede imponer sus criterios sin contar con mayoría absoluta en un consistorio. O puede rechazar mociones aprobadas por una mayoría de ediles que, sumados, representan a más ciudadanos que los que auparon al alcalde al sillón municipal. Y ese ya es otro debate, que ni es técnico ni es jurídico. El de un alcalde desautorizado continuamente en su acción de gobierno y que, políticamente, incumple las resoluciones aprobadas en pleno. Claro que para esa situación, ha sido el propio portavoz del PP en el ayuntamiento de Málaga, Mario Cortés, el que ha ofrecido una solución en varias ocasiones: "Si ustedes quieren que gobernemos con sus propuestas, no lo vamos a hacer. Presenten una moción de censura". La moción de censura sí es una competencia del pleno.

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